RESTRICCIÓN SANITARIA EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Merlo, como otros 117 municipios de la provincia, se verán afectados por las nuevas medidas implementadas por el gobierno de Axel Kicillof para intentar frenar la suba de casos de coronavirus en territorio bonaerense.
RESTRICCIÓN:
En Merlo y los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 am y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.
REDUCCIÓN DE GRUPOS:
Se reducen las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos y se restringe el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
TRANSPORTE: (Solo para escenciales) Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
MULTAS:
Habilitar a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.
FIESTAS:
En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.
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